El PROYECTO EDUCATIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo 127.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre aborda los siguientes aspectos:
- Líneas
generales de actuación pedagógica.
- Coordinación
y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento
transversal en las áreas de la educación en valores.
- Forma
de atención a la diversidad del alumnado.
- El
plan de orientación y acción tutorial.
- El
plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas
contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar.
Incluirá, asimismo, las normas de convivencia, tanto generales del centro que
favorezcan las relaciones de los distintos sectores de la comunidad educativa,
como particulares del aula, y un sistema que detecte el incumplimiento de las
normas y las correcciones que, en su caso se aplicarían.
- Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la
continuidad del alumnado en el sistema educativo.
- El plan de formación del profesorado.
- Los
criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos
y programas de intervención en el tiempo extraescolar.
- Los
procedimientos de evaluación interna.
Además de los aspectos establecidos anteriormente, se incluyen los siguientes:
- Adecuación
de los objetivos generales de la etapa al contexto socioeconómico y cultural
del centro y a las características del alumnado.
- Las
decisiones de carácter general sobre metodología didáctica, los criterios para
el agrupamiento de los alumnos o alumnas y para la organización espacial y
temporal de las actividades.
- Procedimientos
y criterios de evaluación comunes, que concreten y adapten al contexto del
centro los criterios generales de evaluación.
- Programas
educativos que se desarrollen en el centro, colaboraciones con otros centros o
instituciones y las formas de coordinación e implicación de la comunidad
educativa en los mismos.
- El
plan de autoprotección del centro.
- Cualesquiera otros que se establezcan por Orden de la Consejería competente en materia de educación.
El PROYECTO EDUCATIVO fue elaborado bajo la coordinación del equipo técnico de coordinación pedagógica con la participación de todos los sectores de la comunidad educativa, a través de su representación en el Consejo Escolar. No obstante, la responsabilidad de planificar y coordinar y, en su caso decidir sobre los aspectos educativos del mismo, corresponde al Claustro de profesorado. En su elaboración se contemplan, además, medidas para promover la igualdad de género.
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